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Considera este producto como alimento básico en la dieta de la población del país
Nuevas disposiciones sobre el enriquecimiento del arroz rigen desde el pasado martes 25 de marzo, según decreto ejecutivo publicado en el diario oficial La Gaceta, y en el que se establece que el arroz pilado para consumo humano deberá estar fortificado con ácido fólico, vitaminas del complejo B, vitamina E, selenio y zinc.
Se trata del Decreto Ejecutivo “Reforma al Reglamento Enriquecimiento del Arroz”, firmado por el presidente de la República, Dr. Oscar Arias Sánchez, y la ministra de Salud, Dra. María Luisa Avila, en el que se establecen una serie de disposiciones sobre los valores nutritivos de este producto considerado como un alimento básico en la dieta de la población de Costa Rica.
Entre las modificaciones, se citan los artículos 1,2 y 3 del Decreto Ejecutivo No. 30031-S del 3 de diciembre del 2001, publicado en La Gaceta Nº 1 del 2 de enero del 2002 “Reglamento para el Enriquecimiento del Arroz”, reformado por Decreto Ejecutivo Nº 33124-S del 2 de enero del 2006, publicado en La Gaceta Nº 106 del 2 de junio del 2006.
Según las nuevas disposiciones en el artículo 1, éstas se aplican al arroz pilado tipo largo, excepto el tipo gourmet, que se utiliza para consumo humano directo en el país, sea éste de producción nacional, donado e importado. En el artículo 2 se definen las calidades de los diferentes tipos de arroz y documentos, a saber:
Arroz extruido: Grano de arroz elaborado a partir de una mezcla de harina de arroz y premezcla de vitaminas y minerales seleccionados.
Arroz pilado: Granos de arroz a los cuáles únicamente se les ha removido la cáscara, la mayor parte de las capas exteriores del endospermo (pericarpio, tegumento y aleurona) y el embrión. También se conoce como arroz elaborado o blanqueado.
Arroz recubierto: Grano de arroz cubierto con una premezcla de vitaminas y minerales seleccionados, y protegido con una película fijadora para hacerlo resistente al lavado.
Arroz gourmet: Es la denominación que reciben las mezclas de arroz elaboradas con otros ingredientes, cuyo consumo no es habitual por la población nacional.
Certificado de conformidad: Documento emitido por laboratorio autorizado, certificando que el arroz cumple con los niveles de fortificación señalados en el presente reglamento.
Fortificación o enriquecimiento: Adición de uno o más nutrientes esenciales a un alimento, con el fin de prevenir o corregir una deficiencia demostrada de uno o más nutrientes en la población o en grupos específicos de la población.
Garantía y control de calidad: Conjunto de planes y acciones sistemáticas requeridas, para proveer la confianza necesaria de que el producto o servicio, satisfará los requerimientos dados para la calidad.
Inspección: Examen del arroz o de los sistemas de control para la fortificación y distribución, en el que se incluyan ensayos durante el proceso y pruebas del producto terminado con el fin de determinar si los productos se ajustan a los requisitos establecidos.
Monitoreo: Determinación, cuantitativa o semicuantitativa de micro nutrientes en muestras individuales de cada marca de arroz existentes en el lugar.
Vigilancia: Determinación cuantitativa de micro nutrientes en muestras de arroz recolectadas en hogares con fines de investigación epidemiológica.”
Por otra parte, en el artículo 3 se establece que el arroz pilado, que se utilice para el consumo humano directo, deberá estar fortificado con ácido fólico, vitaminas del complejo B, vitamina E, selenio y zinc, los cuales pueden provenir de una o varias mezclas con excipientes, de manera tal que una dilución específica de ellos produzca los niveles mínimos que se especifican a continuación:
Nutrientes Cantidad/kg
Ácido fólico 1,8 mg
Tiamina 6,0 mg
Vitamina B12 10,0 μg
Niacina 50,0 mg
Vitamina E 15,0 UI
Selenio 105,0 μg
Zinc 19,0 mg
Estos valores incluyen el contenido intrínseco y natural de micro nutrientes en el arroz. Para cumplir con estos requisitos, los niveles de micro nutrientes a adicionar serán:
Nutrientes Cantidad/kg
Ácido fólico l,8 mg
Tiamina 5,3 mg
Vitamina B12 10,0 μg
Niacina 35,0 mg
Vitamina E 15,0 UI
Selenio 105,0 μg
Zinc 7,5 mg
Estos micro nutrientes deberán ser agregados al arroz en forma de arroz extruido o arroz recubierto, en ambos casos se deberá asegurar homogeneidad y resistencia al lavado en al menos un 80%.
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El artículo 3 de este reglamento establece que el arroz pilado, para consumo humano directo, deberá estar fortificado con ácido fólico, vitaminas del complejo B, vitamina E, selenio y zinc.
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El artículo 2 del reglamento define como arroz pilado: Granos de arroz a los cuáles únicamente se les ha removido la cáscara, la mayor parte de las capas exteriores del endospermo (pericarpio, tegumento y aleurona) y el embrión. También se conoce como arroz elaborado o blanqueado.
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